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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 21 (EUROPA PRESS)
Los administradores concursales de Air Madrid acaban de presentar ante el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid el informe patrimonial de la compañía. Los pasajeros y los acreedores afectados por el cierre de la aerolínea en diciembre de 2006 cuentan a partir de ahora de un plazo de diez días desde la notificación del documento para presentar sus respectivas impugnaciones al mismo, según informó hoy el juzgado en un comunicado.
El juez titular del Juzgado Mercantil número 5 de Madrid ha dictado un auto, con fecha 16 de mayo de 2008, en el que da cuenta de la presentación del informe de la administración concursal en el procedimiento que afecta a la suspensión de Air Madrid.
Los tres administradores de la compañía son el abogado Angel Rojo Fernández-Río, el economista Francisco Javier Ramos Torres y el auditor Enzo Lazzerini Bravo. El juez aceptó el concurso necesario presentado por Air Madrid, por lo que la compañía participa en la gestión del concurso.
El juez aceptó hace un año la propuesta de convenio presentada por los gestores de la aerolínea, al que sólo se podrán acoger los viajeros que tenía billetes con fechas posteriores al 15 de diciembre y que no llegaron a volar. Estos podrán recuperar el 100% del coste del billete en el plazo de un año desde que se apruebe el convenio.
Air Madrid tendrá que conseguir ahora que los acreedores se adhieran a su propuesta de convenio para conseguir que salga adelante. Entre los acreedores se encuentran el Ministerio de Fomento y las aerolíneas que trasladaron a parte de los pasajeros.
Por su parte, los viajeros que no llegaron a volar con Air Madrid pero sí lo hicieron con los aviones programados por Fomento u otras compañías aéreas no están incluidos en el convenio. En caso de que hayan presentado sus reclamaciones ante el juzgado tendrán que esperar a la finalización del concurso, un plazo de cinco años aproximadamente, para poder recuperar en 50% de la cantidad reclamada.
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