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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadEl Congreso de los Diputados ha convalidado por mayoría las iniciativas de estímulo fiscal dirigidas al sector de la rehabilitación de vivienda que se incluían en el Real Decreto Ley de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo, aprobado el pasado viernes día 9 de abril por el Consejo de Ministros.
La primera de estas reformas es la nueva deducción temporal en el IRPF por obras de mejora en la vivienda habitual. Ésta permitirá deducirse hasta un 10 por ciento de las cantidades que se inviertan entre el 14 de abril de 2010 (fecha de entrada en vigor del Decreto Ley) y el 31 de diciembre de 2012 en actuaciones de mejora en la vivienda habitual, o en el edificio en el que ésta se encuentre, con un límite total de 12.000 euros por vivienda. El límite anual máximo por contribuyente será de 4.000 euros.
Quedan excluidos de esta deducción quienes tengan una base imponible superior a 53.007,20 euros, que suponen únicamente el 5 por ciento del total. La deducción concentrará su máxima efectividad en los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 33.007,20 euros anuales, ya que éstos podrán aplicar el 10 por ciento de deducción sobre la base máxima anual prevista de 4.000 euros por contribuyente.
El segundo gran incentivo fiscal es la aplicación del tipo reducido del 7 por ciento (8 por ciento a partir del 1 de julio) del IVA para todo tipo de obras de renovación y reparación de la vivienda particular que se realicen entre el 14 de abril de 2010 y el 31 de diciembre de 2012. Hasta ahora, este régimen sólo era aplicable a las obras de albañilería, el resto tributaba al 16 por ciento.
Se amplía también el concepto de rehabilitación estructural a efectos de IVA, a través de la definición de obras análogas y conexas a las estructurales, que permitirá reducir los costes fiscales asociados a la actividad económica de la rehabilitación. En el mismo sentido, tanto en la rebaja como en la definición, se reforma el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).
Todos estos cambios han tenido ya reflejo en la Orden EHA/99/2010, de 28 de enero, que modifica los módulos previstos para el ejercicio 2010. Para este año se han reducido los aplicables a los autónomos y pequeños empresarios que realizan obras domésticas.
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