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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadCuando se ejecuta una hipoteca, los intereses en juego transcienden los del propietario y el banco prestamista, que suscribieron el contrato de préstamo con garantía hipotecaria, pudiendo alcanzar a terceros como el arrendatario de la vivienda. ¿Qué ocurre con el arrendatario cuando se ejecuta un inmueble por él ocupado?
El número de ejecuciones hipotecarias se está incrementado progresivamente hasta tal punto que, según datos del Consejo General del Poder Judicial, en 2008 se ejecutaron tantas hipotecas como en la suma de los tres años anteriores. La previsión para los próximos años es peor, triplicándose el número de ejecuciones en 2010 con respecto a 2008, e incluso dramática, ya que estas ejecuciones recaen sobre un objeto digno de protección social: la vivienda.
En estas ejecuciones, los intereses en juego transcienden los del propietario y el banco prestamista, que suscribieron el contrato de préstamo con garantía hipotecaria, pudiendo alcanzar a terceros como el arrendatario de la vivienda. A continuación analizamos la posición de éste último ante la ejecución hipotecaria.
Respecto de los arrendamientos celebrados con anterioridad al 1 de enero de 1995, sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, en líneas generales la jurisprudencia y la doctrina mayoritarias coincidían en que la ejecución hipotecaria no producía la extinción de los arrendamientos concertados antes de la constitución de la hipoteca; los arrendamientos posteriores a la hipoteca subsistían también salvo que se hubiesen celebrado de forma fraudulenta para los derechos del adquirente.
En los arrendamientos suscritos con posterioridad al 1 de enero de 1995, mediante la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 el legislador ha contribuido a las políticas sociales destinadas a hacer efectivo el derecho a la vivienda del artículo 47 de la Constitución Española, manteniendo la protección del contrato de arrendamiento en caso de ejecución hipotecaria únicamente durante los cinco primeros años de duración del contrato. De esta forma, el arrendatario tendrá derecho a continuar en el arrendamiento hasta que se cumplan cinco años (o hasta que termine el plazo pactado si éste es inferior), aunque no se haya inscrito el arrendamiento en el Registro de la Propiedad.
Transcurrido el quinto año de arrendamiento, la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 permite la extinción del contrato, en contra de la voluntad del arrendatario y los pactos del contrato suscrito, si se adjudica la vivienda a un tercero en virtud de enajenación forzosa derivada de ejecución hipotecaria, salvo que el arrendamiento esté inscrito con anterioridad a la hipoteca en el Registro de la Propiedad, estando protegido entonces en toda la duración estipulada en el contrato.
En cualquier caso, para hacer valer su arrendamiento conforme a lo anteriormente expuesto, el arrendatario podrá intervenir en el procedimiento de ejecución hipotecaria, ya sea porque haya sido notificado por el tribunal de ejecución o por haber tenido conocimiento del mismo por cualquier otro medio.
En ocasiones, el interés por dilucidar si el arrendatario tiene o no derecho a continuar el arrendamiento puede ser del propio prestamista que ejecuta, al considerar que el precio que se alcanzaría en subasta puede ser mayor si se declara que el arrendatario no tiene derecho a seguir ocupando la vivienda. En este sentido, el prestamista puede solicitar, en el mismo procedimiento de ejecución hipotecaria, que el tribunal declare de forma previa a la subasta que el arrendatario no tiene derecho a permanecer en el inmueble una vez que éste se haya enajenado en la ejecución.
Esta petición se notificará al arrendatario con citación a una vista en la que podrá alegar y probar lo que considere oportuno respecto de su situación. A continuación, el tribunal declarará lo que proceda. Si el ejecutante no hace uso de esta facultad, el mismo derecho asiste al adquirente, que tendrá un año desde la adquisición para solicitar al tribunal de la ejecución el lanzamiento del arrendatario sin título suficiente. Transcurrido ese plazo, la pretensión de desalojo sólo podrá hacerse valer en juicio aparte.
Terminamos concluyendo que es interés del arrendatario verificar antes de firmar el contrato si la vivienda se encuentra hipotecada. Si la vivienda no está hipotecada y el arrendatario está interesado en permanecer en ella durante más de cinco años, le conviene plantearse la inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad, más aún si tiene pensado ejecutar inversiones en la vivienda; si bien esta inscripción conlleva costes derivados del arancel notarial (aunque reducido) y registral y de la tributación por el impuesto de actos jurídicos documentados de la escritura pública mediante la que el arrendamiento accederá al Registro.
Si la vivienda ya está hipotecada (lo que sucede actualmente en la mayor parte de los casos), el arrendatario debe ser consciente de que, en caso de ejecución de la hipoteca transcurridos cinco años de arrendamiento, su permanencia en la vivienda no está protegida, dependiendo de la voluntad del acreedor ejecutante o del adjudicatario.
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Pues la decisión de si una persona se queda en un inmueble que acabas de adquirir reside en el nuevo propietario, con las medidas que se toman, lo unico que hacen es crear rigideces en los mercados. por otra parte, esto no es nada nuevo en España. Aunque si soy patidario de algun tipo de regulación, esta no me parece la correcta.
Si todo esta en regla , el plazo de cinco años parece mas que justo. El inquilino no puede verse afectado durante ese plazo de proteccion ...
No creo que sean un problema para el inquilino cambiar de lugar. El mercado esta bastante tranquilo y podra optar por un alquiler seguramente mas barato
En mi opinión los alquileres han bajado ya lo que tenían que bajar y ahora no creo que se encuentren por menos del precio razonable de mercado. Saludos amigos
Lo peor que nos puede suceder a los subasteros es que haya inquilinos en las casas subastadas que compramos. para mí es una verdadera calamidad y es con lo que tengo más cuidado.
### Razones por las cuales no se debe comprar pisos nuevos ni con ¿rebajas? del 30%:
- Existen 5 millones de parados que no podrán comprar, siendo el total de familias que no podrán comprar todavía mayor que esa cifra.
- Existe un alto porcentaje de gente amenazada directa o indirectamente con perder su trabajo. Expedientes de regulación, despidos improcedentes, contratos temporales que no se renovarán, contratos por obra ,etc etc. Comprarse un piso en este momento puede equivaler a un suicidio económico en toda regla.
- Mileuristas. En este mísero país el 63% de trabajadores cobran en torno a 1.100 euros/mes brutos, de momento, ya que la tendencia va a ser bajar todavía más los sueldos. Si contamos el caso de una hipoteca a compartir por dos mileuristas siendo de 150.000 euros pagando la recomendable cantidad del 35% de los ingresos a un promedio de euribor a 4% (optimista) supone ¡¡¡ 30 años !!!. O sea la esclavitud del siglo XXI. Si hay divorcios, defunciones, etc etc o el euribor tiene otro valor ... mejor no hablar del resultado. No podemos ni hablar de que solo afronte un único sueldo mileurista la hipoteca. Es inviable o no da ni para un zulo.
- Comprar porque ahora hora el euribor esté bajo supone que cuando vuelva a estar en valores altos, que lo estará, las pasarán canutas. Cada 7 a 10 años hay una crisis económica de algún tipo, con escaladas de índices de todo tipo. Comprar pensando en el día a día es de locos, a lo largo de la "típica" vida de una hipoteca de 20 - 30 años puede pasar muchas cosas.
- Un 3,47% es el euribor medio desde enero 2000 hasta junio 2009, lo que supone 9 años. Anterior al euribor estaba el índice mibor que puede dar una pista buena de lo ocurrido en 15 años. Un 4,63% es el mibor medio desde diciembre de 1993 hasta junio de 2009. Con lo cual, si redondeamos, un 3,5% (4,5% siendo realistas) es un buen número de tipo medio con el que hacer nuestros números. Ahora bien, considerando que el diferencial actual ahora anda en un +1% (+1,20 en ing), comprar ahora supone acabar pagando un 4,5% ó 5,5% de media como valor probable. Como problema añadido está el "suelo": es el interés aplicado en caso de que el índice euribor esté por debajo de dicho valor, con lo cual a partir de este momento el valor medio de las hipotecas con dicho suelo a lo largo del tiempo será mayor que en el pasado ya que no se beneficiarán de las bajadas del euribor. Comprar ahora que los precios de los pisos siguen bajando y los diferenciales de los bancos siguen subiendo supone la mayor equivocación que se puede cometer.
- Sólo el 2% de los españoles reconoce tener más de 75000 euros en cuenta. Si tan pocos ahorros se tienen, ¿cómo se pretende comprar unas casas tan caras? (Mientras se tenga la prudente medida de dar una entrada por el 20% del piso). Se deberá AHORRAR una temporadita.
- Existe mucha gente que ya no puede pagar sus hipotecas y otro tanto ocurre con los alquileres morosos. Si hubiese cifras oficiales y reales y no maquilladas alguno se daría cuenta de la magnitud del problema. Aún así hay 100.000 hipotecas que ya no son pagadas y se espera que facilmente se duplique esa cifra de aquí a final de año.
- En breve nos subirán los impuestos, nos freirán a multas, etc etc para pagar los desmanes de los distintos desgobiernos: estatales, comunidades autónomas y hay-untamientos.
- Ya se amenaza con bajar los sueldos ya que baja el IPC. Eso quiere decir que en los años siguientes no habrá subidas salariales, con lo cual habremos perdido poder adquisitivo.
- El precio de los pisos de segunda mano tiene mayores descuentos.
- Llegará un momento en el que la caída se estanque. Pero la subida no volverá a ser vertiginosa, será muy progresiva. La gente se habrá comido sus ahorros en estos años chungos, no se tendrán grandes ahorros para dar la entrada.
-"Un millón y medio de hipotecados deben al banco más de lo que valen sus casas". Comprar ahora sería entrar en dicha situación. Para que te concedan una hipoteca tienes que poner un aval que respalde el valor pedido. Cuando tu piso se deprecia por debajo de lo que te queda de pagar de hipoteca encima debes poner nuevos avales.
### Razones para no comprar el millón de pisos nuevos con las ¿rebajas? del 20% o más que ofrecen y esperar a que se reanude la construcción en algunos años:
- El precio del suelo ha bajado. Con lo cual el valor repercutido a cada piso será inferior al aplicado en tiempos pasados.
- El valor de los materiales de construcción ha descendido muchísimo respecto al pico de 2006-2007.
- El valor aplicable de la mano de obra de los currantes que lo levanten será inferior, ya que serán nuevamente contratados por salarios más bajos. Adiós a la antigüedad que tenían y debido a la sobreoferta de trabajadores cualificados menores sueldos.
- Se debe pedir una hipoteca por la mínima cuantía posible. Razón: En caso de impagos y embargo los bancos sólo deben provisionar un 35% aprox. de la deuda (antes era el 100%), con lo cual a partir de ahora ya no les resultará tan doloroso quedarse pisos y convertirse en inmobiliarias. Hay que ahorrar o bajar precios, sino te puedes ver en la calle si echas mal los cálculos. El 32% de los españoles ha perdido capacidad de ahorro en los últimos seis meses, mientras que el 20% está haciendo un esfuerzo por ahorrar más. Queda demostrado que gran parte de la demanda latente no es solvente.
- El 33% de los jóvenes menores de 24 años no encuentran trabajo. Sino trabajan no ahorran y sin ahorros no hay piso. Aunque haya una nueva generación que potencialmente puedan comprar/alquilar pisos no pueden. El resto de jóvenes son además víctimas de una precariedad muy elevada, con lo cual sin trabajar constantemente no se podrán afrontar todas las letras de una hipoteca.
- En el primer trimestre de este año se realizaron 23.433 ejecuciones hipotecarias, casi tantas como en todo 2007. Para este año se estiman 114.958. Pero lo peor está por llegar ya que en 2010 el CGPJ prevé que se lleguen a las 181.030. Un escándalo en toda regla y esto es con el euribor bajo.
### Recuperación de EEUU:
Allí reventó su burbuja inmobiliaria antes que aquí y el pinchazo fue real. Su burbuja no era tan grande como aquí. Los precios en EEUU sí han caído a donde deberían, no aquí. La gente dice que en cuanto se reactive la economía de EEUU y compren casas debe hacerse lo mismo aquí, con los ahorros de solo 2 años, que ilusos. La economía y el paro de ambos países son diferentes, y los momentos de recuperación serán diferentes.
### ¿Cuando será el mejor momento para comprar vivenda?
Os expongo mi pensamiento: considerar la vivienda como la bolsa. ¿Comprarías acciones cuando estan bajando o esperarías a que esten en precios mínimos? ¿Como se puede saber cual es el precio mínimo? Pues cuando la tendencia a bajar se detiene, y o bien se estabiliza, o comienda una leve subida. Comprar hasta en ese momento de leve subida supone un gran ahorro. El euribor bajo supone ahorrarse algo de dinero puntualmente, un espejismo pasajero de una mentalidad cortoplacista. Yo espero a que la bajada de precios siga su curso y mientras siguo ahorrando, con lo cual tendré que pedir menos de hipoteca. Comprar una vivienda requiere una vista a largo tiempo, que no os engañen las conversaciones de los "expertos por un día" que hablan sin conocimiento porque la tele, el portero o la vecina han dicho tal o cual cosa. Abrir los ojos y crearos vuestra propio opinión.

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