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El deterioro de los instrumentos de patrimonio clasificados como activos financieros disponibles para la venta se efectúa de forma directa mediante el siguiente asiento: (DEBE): (696) pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a L/p (Haber): (250) Inversiones financieras a L/P en instrumentos de patrimonio. Las pérdidas acumuladas reconocidas en el patrimonio neto por disminución del valor razonable,siempre que exista una evidencia objetiva del deterioro en el valor del activo,se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias anotando: (DEBE): (696) pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a L/p (Haber): (902) Tranferencias de perdidas de activos financieros disponibles para la venta.
En mi opinión si los instrumentos de patrimonio no tienen un precio cotizado en un mercado activo, deben valorarse por su coste menos, en su caso,las correcciones valorativas por deterioro de valor , como consecuencia de no tener referencia a un valor fiable de mercado
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