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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadLa Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha archivado una denuncia presentada contra el grupo Inditex y diez promotoras de centros comerciales, a las que se acusaba de suscribir acuerdos de arrendamientos que podrían suponer una barrera de entrada a otras empresas del sector para la adquisición de espacios comerciales.
La denuncia fue presentada en julio de 2007 por E.F.C -a cuya demanda se adhirió la Confederación General de Pequeñas y Medianas Empresas (Copyme)- contra la compañía de Amancio Ortega y las sociedades ING Real Estate, Metrovacesa, Grupo Lar, Rodamco, Centros Comerciales Carrefour, General de Galerías Comerciales Eroski, Grupo Sonae, Corio Real Estate, Superco y Sacresa Terrenos Promoción.
Según la resolución emitida por el organismo que preside Luis Berenguer, las condiciones que se aplican en los contratos de arrendamiento de Inditex difieren de las establecidas para los demás operadores.
Sin embargo, la CNC considera que no se puede afirmar que las prestaciones sean equivalentes, dado que el beneficio que reporta Inditex, en términos del espacio que arrienda, del público objetivo que atrae al centro comercial, o la solvencia del grupo, "no es equiparable" a la de otros operadores del sector.
Por tanto, las empresas promotoras no están aplicando condiciones distintas para prestaciones equivalentes, sino que se trata de condiciones distintas para prestaciones diferentes, "de modo que no existe discriminación alguna y no ha lugar a una infracción".
Por otra parte, la Comisión también rechaza que exista posición de dominio de Inditex a la hora de arrendar espacios comerciales en el mercado de locales ofertados a empresas de alimentación, textil y ocio.
Teniendo en cuenta solamente los locales dedicados al textil, "tampoco parece que Inditex pueda ostentar un 30% o más de la cuota de mercado, dado que compite con otros grandes grupos del sector textil para obtener locales en centros comerciales, así como con un gran número de empresas textiles de menor tamaño, pero muy dinámicas en el sector", agrega el organismo.
Por este motivo, Competencia, al entender que no existen indicios de infracción, decidió no incoar un procedimiento sancionador y archivar las actuaciones, una resolución que pone fin a la vía administrativa y ante la que los denunciantes pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.
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