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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadBARCELONA, 28 (EUROPA PRESS)
Una sentencia del Juzgado de lo Social número 13 de Barcelona ha obligado a Iberia a "dejar sin efecto" las sanciones que impuso a 21 trabajadores por la invasión de las pistas que parte de la plantilla del personal de tierra provocó el 28 de julio de 2006 en el Aeropuerto de Barcelona, al considerar la juez que las sanciones son "improcedentes" porque no se pueden demostrar las acusaciones que las fundamentaban. Esta resolución no admite recurso.
Las sanciones eran por falta muy grave con suspensión de empleo y sueldo --de 45 días para la mayoría y de 60 días para cuatro empleados que fueron detenidos por la Guardia Civil-- por abandono del puesto de trabajo e invasión de las pistas del Aeropuerto de Barcelona "impidiendo la circulación de vehículos y aviones, hasta provocar el cierre del tráfico aéreo y la paralización de todas las operaciones de dicho aeropuerto durante la referida jornada".
Sin embargo, según la sentencia, "no se ha probado en modo alguno que la mayoría de los trabajadores a los que se les imputa que abandonasen su puesto de trabajo pudieran ni siquiera incorporarse a su trabajo por cuanto cerraron el tráfico antes de comenzar su turno de trabajo y no dejaba la Guardia Civil entrar en la terminal".
En el caso de los cuatro trabajadores que se pudieron incorporar a su puesto de trabajo por comenzar su turno a las 7.00 horas, "no se acredita que pudieran trabajar o que dejaran su trabajo o que recibieran orden de su responsable de rampa, pues a partir de las 9.30 se cerró el Aeropuerto" y "la empresa reconoce que no le consta cuáles son los trabajadores que abandonaron sus funciones".
El fallo también argumenta que "no se ha acreditado de forma convincente por Iberia que cada uno de los actores entró en las pistas del Aeropuerto de Barcelona invadiendo las mismas e impidiendo la circulación de vehículos y aviones, hasta provocar el cierre del tráfico aéreo y la paralización de todas las operaciones de dicho aeropuerto durante la referida jornada".
En este sentido, la juez descarta como prueba las imágenes que grabó Antena 3 y en las que se basaba Iberia para las acusaciones porque, aunque son las únicas que ofrecen vídeo de las pistas, se tomaron sin los permisos que estipula Aena y "no puede admitirse ninguna prueba que haya sido obtenida vulnerando la normativa vigente".
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