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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadBRUSELAS, 21 (EUROPA PRESS)
La Comisión Europea decidió hoy llevar a Francia ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo por no haber modificado por completo la legislación que prohíbe formalmente a los bancos remunerar las cuentas corrientes de sus clientes.
El TUE ya sentenció el 25 de octubre de 2004, en un caso planteado por Caixa Bank France, la filial gala de la entidad catalana, que la norma francesa constituye un "obstáculo importante" para que las entidades de otros Estados miembros puedan realizar actividades por medio de filiales situadas en Francia y afecta a su acceso al mercado.
Ante la falta de respuesta de las autoridades francesas, la Comisión abrió un nuevo procedimiento de infracción y envió un ultimátum en abril de 2006. Desde entonces, Bruselas cree que la situación "ha mejorado de manera significativa", ya que París ha suprimido dos disposiciones legislativas que prohibían la remuneración de las cuentas corrientes, y los bancos que trabajan en Francia pueden de ahora en adelante ofrecer el pago de intereses a sus clientes.
No obstante, el Ejecutivo comunitario subraya que la restricción formal de este tipo de pagos sigue existiendo, aunque no puede aplicarse a falta de medidas de ejecución. Las autoridades francesas ya han presentado un proyecto de ley a Bruselas, pero el texto todavía no ha sido analizado por el Parlamento, y por ello la Comisión lleva de nuevo el caso al Tribunal.
El litigio se remonta al año 2002, cuando Caixa Bank France lanzó una cuenta corriente remunerada con un interés del 2% anual para imposiciones a partir de los 1.500 euros.
Tan sólo dos meses después, el 16 de abril, la comisión bancaria y financiera gala prohibió a Caixa Bank France suscribir nuevos contratos de apertura de estas cuentas remuneradas y le instó a denunciar las cláusulas de los contratos ya celebrados para este tipo de productos.
Caixa Bank interpuso un recurso de casación contra esta decisión ante el Consejo de Estado francés, equivalente al Tribunal Constitucional español, que decidió consultar al TUE sobre la compatibilidad de la normativa nacional con las disposiciones del Tratado Europeo en materia de libertad de establecimiento.
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