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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID/OVIEDO, 12 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha impuesto una sanción de 50.000 euros a la Confederación Asturiana de la Construcción (CAC) por llevar a cabo prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, informó hoy TDC.
En su resolución, el Tribunal indica que la CAC ha infringido el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia al dirigir una recomendación colectiva a sus asociados y a diversas instituciones asturianas con contenido anticompetitivo.
El expediente tuvo su origen en la denuncia de la empresa Salón Inmobiliario del Principado de Asturias (SIPA), organizadora de la feria inmobiliaria Asturvivienda, contra la citada Confederación.
El Tribunal ha considerado que las cartas remitidas por el director general y el presidente de la CAC a diversos asociados de la misma y a instituciones asturianas representativas, recomendando la no participación de los primeros en la feria Asturvivienda y el no apoyo de los segundos a la misma supone una recomendación colectiva que tiene como objeto el de distorsionar el funcionamiento de la libre competencia en el mercado de la organización de ferias comerciales de la construcción en Asturias y, por tanto, se encuentra prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia.
Según la resolución, la actuación de la Confederación denunciada obedecía a la defensa de los intereses comerciales que ella misma tenía en este mercado a través de la Feria Internacional de la Construcción y Obras Públicas del Noroeste Ibérico (FICNI) que se celebra bienalmente en el recinto de la Feria Internacional de Muestras de Gijón. Se añade que con la remisión de las citadas cartas, la Confederación pretendía obstaculizar la llegada al mercado de un posible competidor de FICNI como podía llegar a ser Asturvivienda.
El Tribunal, además de declarar la conducta analizada como una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia, ha impuesto a la Confederación una multa de 50.000 euros y la ha intimado a abstenerse de llevar a cabo conductas similares en el futuro.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.
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