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Industria limitará la temperatura en locales públicos a 21 grados en invierno y 26 en verano

2/01/2009 - 15:10
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MADRID, 2 (SERVIMEDIA) El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio limitará la temperatura en los edificios públicos, incluidos los locales comerciales y los de ocio, a 21 grados cuando se utilice la calefacción y a 26 si se usa el aire acondicionado, según informó hoy en nota de prensa.

Esta nueva normativa será de obligado cumplimiento en oficinas administrativas; edificios y locales de uso comercial como tiendas, supermercados, centros comerciales, restaurantes, bares y cafeterías; en edificios y locales de uso cultural como teatros, cines, auditorios y salas de exposición; en edificios y locales de ocio como salas de baile y salas de espectáculos; y en edificios y locales destinados a estaciones de transporte de personas y aeropuertos.

No obstante, estas condiciones de temperatura están referidas a cuando se mantenga una humedad relativa comprendida entre el 30% y el 70%.

Además, no tendrán que cumplir con las limitaciones de temperatura aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales, en cuyo caso debe existir una separación física entre este recinto y los locales contiguos que sí deban mantener estas temperaturas.

Por otro lado, el Ministerio está preparando un real decreto que obligará a todos los edificios existentes cuando se vendan o se alquilen a disponer de un certificado de eficiencia energética.

Con esta medida el Gobierno dará cumplimiento a la directiva comunitaria aprobada por el Parlamento y el Consejo Europeo el 16 de diciembre del año 2002 relativa a la eficiencia energética.

(SERVIMEDIA) 02-ENE-2009 MFM/gfm

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