Economía

Mi empresa me jubila ¿qué hago con mi plan de pensiones?

A. Palomares / A. Barbaresi
18:58 - 1/11/2008
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A la hora de rescatar los ahorros en uno de estos productos, hay varias opciones. Pero si la jubilación le ha llegado antes de lo esperado, mantenga la calma... y también el plan. La primera pregunta que se formulará Roberto seguro que será ¿Qué voy a hacer ahora? y luego, ¿qué hago con mi plan de pensiones? Con la cantidad depositada tendrá que vivir el resto de su vida, y ahora es mucho más tiempo que el previsto inicialmente.

Nombre: Roberto. Edad: 55 años. Horizonte de jubilación: 65 años. Estrategia de su plan de pensiones: invierte buena parte en renta variable. Y, de repente, zas. La empresa para la que trabaja reconoce que está en crisis (como muchas en la actualidad). ¿Primera medida? Expediente de Regulación de Empleo (ERE) y jubilaciones anticipadas. La primera pregunta que se formulará Roberto seguro que será ¿Qué voy a hacer ahora? Pero la segunda es muy posible que sea, ¿qué hago con mi plan de pensiones? Al fin y al cabo con la cantidad en él depositada tendrá que vivir el resto de su vida. Y este resto es ahora mucho más largo que el previsto inicialmente.

Pero, ojo, no todo el mundo puede rescatar su plan de pensiones cuando quiera. La ley contempla sólo cuatro supuestos. El primero, en caso de jubilación o jubilación anticipada (que no prejubilación), el segundo, en caso de incapacidad permanente, el tercero si se está en una situación de desempleo prolongado (siempre y cuando no se esté cobrando el paro) y el cuarto, en situación de dependencia. También permite el rescate del plan de pensiones cuando se produce un ERE que contempla una jubilación anticipada, pero no cuando el trabajador acuerda de forma privada con su empresa una prejubilación. "Si el prejubilado tras el ERE no encuentra trabajo en los dos años posteriores se puede acoger a otro de los supuestos de liquidez del Plan, que es el desempleo de larga duración", afirma Luis María Sáez de Jaúregui, director de Vida y Pensiones de Axa. Por último, no; el dinero depositado en este producto de ahorro tampoco puede rescatarse en caso de estar pasando penurias económicas, a no ser, claro está, que éstas pasen con más de 65 años.

Implicaciones fiscales

Ya tenemos el quién. Centrémonos en el cómo. La Ley de Planes y Fondos de Pensiones contempla varias opciones a la hora de recuperar el dinero del plan de pensiones, el dinero de toda la vida. Si no se ha alcanzado la edad que establece la Seguridad Social para la jubilación -65 años por norma y a partir de los 61 años en algunos casos-, hay que demostrar a la gestora de nuestro plan que efectivamente estamos jubilados.

Por ejemplo, si nos centramos en un caso como el de Roberto, "es habitual que, cuando se produce un ERE, la compañía y el trabajador pacten que éste pase a ser desempleado durante el periodo máximo, es decir, dos años. Así, entraría en uno de los supuestos que le da derecho a cobro", explica Beatriz García-Renedo, abogada del área tributaria de CMS Albiñana & Suárez de Lezo. Llegados a este punto, Roberto debería decidir de qué forma desea recuperar sus ahorros. Puede hacerlo en forma de capital, y rescatar todo el dinero a la vez; por rentas, por lo que percibiría una cantidad mensual, como si se tratara de un sueldo; o de forma mixta, liquidando una cantidad y cobrando el resto por partes.

Nueva ley de enero de 2007

Asunción Martín Sobrino, abogada de Landwell-PriceWaterHouseCoopers, comenta que "con la anterior legislación, al rescatarlo en forma de capital, al plan de pensiones se le aplicaba un coeficiente reductor del 40 por ciento". Es decir, que sólo se tributaba por el 60 por ciento de la cantidad total rescatada. Pero con la nueva ley del 1 de enero de 2007, "sólo optan a ese coeficiente los que hayan contratado el plan y realizado la primera aportación antes del 31 de diciembre de 2006. Y además, para conseguirlo tienen que haber transcurrido al menos dos años desde el primer ingreso".

Los que se rescatan por rentas, sin embargo, se incluyen en el IRPF igual que la jubilación pública, "y tributan del mismo modo, entre un 24 y un 43 por ciento, dependiendo de cada caso. En las soluciones mixtas, la parte rescatada como capital tiene las mismas condiciones que si liquidaramos el plan completo; y la parte rescatada mensualmente tributa igual que las rentas".

¿Conviene rescatar el dinero?

Con los datos que tenemos hasta ahora Roberto, nuestro jubilado anticipado imaginario, cumple todos los requisitos para rescatar su plan de pensiones. Pero, teniendo en cuenta que lo tiene invertido en renta variable, con la que está cayendo, ¿le conviene hacerlo? Los expertos coinciden al asegurar que no, a no ser que "se necesite para comer". "Al ser un momento de fase baja, si se puede esperar, mejor, porque si no sólo recogería minusvalías", afirma Vicente Pérez Jaime, socio de la consultora Mercer. Y es que, aunque uno esté en edad de jubilación, la nueva normativa de 2007 permite que no se esté obligado a rescatar el plan aunque uno se jubile. "Puedes disponer de tu dinero cuando quieras y hasta entonces puedes seguir realizando aportaciones a tu plan de pensiones individual (aquel que se contrata unilateral- mente con una gestora). En el caso de los planes de empresa hay que tener en cuenta lo que diga el contrato. Extinguir la relación con la empresa no implica tu baja como partícipe", asegura Ángel Martínez Aldama, director de Inverco. Ninguno de ellos recomienda tampoco traspasarlo a otro tipo de estrategia más conservadora ya que "si pasas de renta variable a renta fija, te comes las minusvalías y si sube la bolsa te encuentras con que te has perdido las ganancias. Es momento de quedarse donde uno está", asegura Pérez Jaime.

Si comparamos la situación actual con otra crisis bursátil reciente, la de las puntocom, veremos cómo estos expertos no yerran en sus recomendaciones. Imaginemos que una persona invirtió, en el año 2000, 10.000 euros en un plan de pensiones de renta variable, pero que decidió rescatarlo o cambiarlo a un plan más conservador en el año 2003, cuando la burbuja tecnológica estalló. Hubiera perdido un 15,65 por ciento (media a tres años de los planes de renta variable) ó 4.615 euros. Pero si ese mismo inversor hubiera esperado a que la tormenta pasara y hubiera mantenido su plan de pensiones un par de años más, hubiera limitado las pérdidas a 1.462 euros.

Muchos pueden pensar que el caso de Roberto es uno entre un millón. "Es posible pero poco habitual porque los perfiles suelen ser por edades y tipos de plan y con 50 años no se suele estar invertido en bolsa", concreta el director de Vida y Pensiones de Caser. Pues bien, hagamos el ejemplo con esta estrategia. Si se hubiera rescatado el capital de un fondo de renta fija mixta contratado en el 2000, tres años más tarde se hubieran perdido 840 euros, pero si se hubiera mantenido la inversión dos años más, habría conseguido ganancias por valor de 390 euros. En renta variable mixta, la diferencia es mayor ya que, de haber rescatado el dinero en 2003, las pérdidas habrían sido de 2.634 euros. De haberlo hecho en 2005, se habrían perdido sólo 312 euros. (Continúa)

Consulte la información completa en la edición de fin de semana de diario elEconomista.

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Comentarios 3

1
01-11-2008 / 20:26
Gervasio
Puntuación 7

Que nos ayuden como lo hacen con los emigrantes, y yá está. A ellos les pagan de todo, por qué nó a nootros?. Todos viviendo del cuento.

2
01-11-2008 / 21:47
adrian
Puntuación 3

El no gobierno del bobo de zp,es el enemigo nº uno de los españoles,este individuo y sus sumisos,solo les interesan los inmigrantes,a los españoles qué nos den.

3
01-11-2008 / 22:05
angarlou
Puntuación 3

Acuerdo total con los dos anteriores comentarios. Estamos sometidos a una discriminación incomprensible e inadmisibe con respecto a los emigrantes

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