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La Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso presentado por el PSOE contra la "amnistía fiscal" aprobada por el Gobierno y en el que los socialistas reclaman la paralización inmediata de la norma. Hacienda dará más ventajas a los defraudadores para que se acojan a la amnistía fiscal.
Fuentes de la dirección federal han informado hoy a Efe de que la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha acordado además requerir a los ministerios de Economía y Hacienda todo el expediente sobre el decreto de la amnistía fiscal. Y ha dado un plazo improrrogable de 20 días al Gobierno para que presente en los juzgados todo el expediente relacionado con este asunto.
En concreto, el PSOE presentó un recurso contencioso administrativo contra la orden ministerial que desarrolla el decreto ley de regularización de activos ocultos y que amplía la "amnistía fiscal" al dinero en efectivo.
De forma paralela, los socialistas también han presentado un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional al entender que el decreto del Gobierno vulnera por partida doble la Carta Magna por entender que es injusta y contraria a los principios de igualdad, proporcionalidad y progresividad.
La norma permite la regularización de activos ocultos abonando un diez por ciento del valor de las obligaciones tributarias pendientes.
Los evasores que decidan acogerse a la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno van a tener más incentivos para aflorar su capital. A partir de ahora, en el caso de que el titular de los bienes acogidos pueda acreditar que parte de ellos corresponde a ejercicios prescritos, únicamente deberá declarar los saldos que se correspondan con los no prescritos.
De esta forma, no se gravarán todos los activos ocultos que se declaren, sino solamente aquellos generados en los ejercicios no prescritos, según admite la Dirección General de Tributos en un informe sobre el procedimiento de regularización. La cuantía que tendrán que pagar aquellos que se acojan a esta regularización extraordinaria será del 10% del importe declarado y sobre la cuantía ingresada no serán exigibles sanciones, intereses ni recargos.
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