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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadEl otoño es la época de contagios por excelencia y, con su proximidad, se están disparando todas las alarmas. El virus N1H1 ya ataca con fuerza, pero es posible que en los próximos meses su incidencia sea aún mayor. Por ello, las empresas empiezan a preocuparse por cómo afectará la enfermedad a sus plantillas y, en consecuencia, a sus cuentas.
El Ministerio de Sanidad insiste en la importancia de la prevención y se ha encargado de difundir una serie de pautas con las que evitar que la gripe A se propague. Dicho informe, elaborado conjuntamente con sindicatos y patronales, recoge además recomendaciones básicas de conducta y unas medidas de actuación para la empresa que conllevan los primeros gastos
Sin embargo, no será más que el principio, si se tiene en cuenta que tendrán que asumir los costes de tener a sus empleados de baja, ya sea por contagio o por contacto con alguna persona infectada con el virus N1H1, y que un estudio de Adecco cifra en 1.000 millones de euros.
En su resolución del pasado 7 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado, el Ministerio de Trabajo e Inmigración estableció que los periodos de aislamiento por la Gripe A se considerarán como situación de incapacidad temporal por enfermedad común, es decir, una baja que no tiene relación directa con el trabajo. (Ministerio de Trabajo: Información sobre la Prestación por Incapacidad Temporal).
Este tipo de subsidio, que se comienza a percibir al cuarto día de haberse producido la baja, "corre a cargo del empresario" desde el primer día en que se establece la incapacidad temporal hasta el día quince de duración, explica la portavoz de la secretaría de Estado de la Seguridad Social. A partir del día 16 en el que el empleado sigue imposibilitado para ir a trabajar, el pago de la prestación que recibe pasa a ser tarea de la Seguridad Social o de la Mutua.
Según reclama Adecco en su informe, lo justo sería la Administración compartiese la responsabilidad en un problema de salud pública y que los costes no se trasladen "únicamente a las empresas". En este sentido, proponen la exención del importe de las cotizaciones en los casos acreditados de incapacidad temporal por gripe A.
Sin embargo, el Gobierno considera que se trata de un derecho laboral ya establecido, por lo que no es necesario poner en marcha nuevas normas.
Desde la secretaría de Estado de Seguridad Social manifestaron a elEconomista.es que la prestación por enfermedad "ya existe" y es accesible a "todos los trabajadores", y que cualquier modificación o aportación sólo se efectuaría en el caso de no existir legislación al respecto. "Si no, habría que establecer una prestación", señaló la portavoz de la Secretaría.
La condición para disponer de este subsidio por gripe A, como en el caso de cualquier otra enfermedad común o accidente no laboral, es que un médico prescriba el correspondiente parte médico de baja. Y es que una vez que se entra en contacto directo con el virus, se recomienda el aislamiento preventivo. La cuarentena se aconseja para todos los casos en que se sospeche que el paciente pueda haberse contagiado, hasta confirmar el diagnóstico.
En base a los datos publicados ayer por Adecco, la duración de una baja por gripe A se encuentra entre los dos y los cuatro días, aunque la Comunidad de Madrid eleva este periodo a siete días -según consta en su Plan de Pandemia- y la Seguridad Social apunta a un máximo de diez días.
En base a estos cálculos, la factura completa de las prestaciones derivadas del aislamiento preventivo se pasaría a las empresas, ya que en difícilmente se superarían los quince días de baja.
Por su parte, desde la secretaría de Estado de la Seguridad Social han afirmado que no cuentan con ningún presupuesto aproximado de cuánto puede le puede costar a las arcas estatales sufragar estos subsidios, ya que desconocen la incidencia de la enfermerdad. "No podemos hacer ninguna consideración a futuro", indicó la portavoz de la Secretaría.
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Si claro, lo que no dicen es que en convenios, como en el de transporte, sólo te pagan el 60% del sueldo calculado sobre el bruto, por lo que encima de que estás enfermo te pegan un golpe en la nómina que te dejan seco.
A su vez luego también te reducen los pagos en las pagas extras de diciembre y el que tenga en marzo.
A cargo del empresario dicen, a cargo nuestro que luego no llegamos a fin de mes durante un trimestre
Que bien! ya no hace falta hacer EREs de 3.000 tios por empresa, será nuestro amigo H1N1 quien adelgaze las plantillas ( alo mejor las adelgaza demasiado) y asi se irán a tomar por culo un montoón de empresas explotadoras que se irán a pique porque todos sus empleados han caido enfermos.
Me alrgro.
Se nota que el dinero se ha convertido en el fin y no un medio para el bienestar de las personas. El que ha escrito este articulo ha perdido el norte.
Todo lo que hay en esta Tierra es para beneficio del ser humano, papanatas.
¿Qué importa el beneficio del empresario, cuando está en juego la salud?
La cualificada mano de obra española ya se está frotando las manos para conseguirse con un estornudo la baja laboral y pasarse unos días de descanso en la "Biblioteca" (Bar de copas) del pueblo.
LOS QUE SE VAN A FORRAR A PARTE DE LOS DEL TAMIFLÚS Y DEMÁS SON LOS DE CONTROL, NO SÓLO PORQUE LA GENTE SE PENSARÁ 2VECES TENER 1CABEZÓN EN ESTAS MISERABLES CONDICIONES (PARO, ENFERMEDADES, CAMBIO CLIMÁTICO..) SINO POR EVITAR CONTAGIOS (EN VEZ DE LA MÁSCARA QUE NO VALE PARA NADA MEJOR PONERSE UN CONDÓN GIGANTE POR TODO EL CUERPO, JOJOJO). PAVERNOSMATAO!
POR UN LADO CASI MEJOR, A VER SI HACE SELECCIÓN NATURAL Y ELIMINA A TANTO TARUGO, LERDO Y ESTAFADOR QUE HAY POR LA VIDA, Y SOBREVIVEN LOS MÁS FUERTES, JAJAJA
Lo que le faltaba a los empresarios por si ya estuvieran afixiaos:
"En base a estos cálculos, la factura completa de las prestaciones derivadas del aislamiento preventivo se pasaría a las empresas, ya que en difícilmente se superarían los quince días de baja."
vamos a tener "contactos" eng las empresas ?? Hasta ahora solo teniamos enchufes. No está mal no !!
Natura, los convenios no marcan lo que se cobra por baja, es la Ley de la Seguridad Social. Si acaso los convenios pueden servir para que se aumente esta prestación. Y naturalmente si se cobra menos se cotiza menos y las pagas extras son menores. Pero esto pasa con todas las bajas por enfermedad.

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