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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadEl Tribunal Supremo ha reconocido la posibilidad de ampliar los hechos originarios del despido disciplinario con otros acaecidos en el momento de la entrega de la carta de despido. De esta forma, evita que el momento de la entrega de la carta con unos motivos determinados cierre la posibilidad de introducir otros distintos.
En una sentencia dictada el pasado 27 de febrero, el Alto Tribunal analiza un supuesto en el que, cuando se pretendió entregar al trabajador la carta de despido en la que se le imputaba una disminución voluntaria y continuada del rendimiento en el trabajo, éste la rechazó enfrentándose de palabra con la empresa.
Por ello, se le comunicó el despido al día siguiente añadiendo a la primera carta no entregada los acontecimientos producidos en el momento de la comunicación.
La sentencia recurrida, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, había declarado la improcedencia del despido, con todas sus consecuencias legales al no acreditarse la realidad de la existencia del bajo rendimiento voluntario y continuado imputado al trabajador, sin tomar en consideración las causas añadidas por la empresa sobre el momento de la entega de la carta de despido.
Entiende el ponente, el magistrado Gullón Rodríguez, que en tales supuestos no existen dos causas de despido con dos comunicaciones escritas diferentes, sino una sola en la que se relataban causas distintas y separadas en el tiempo, pues aunque la segunda tuviese su origen cuando ya se había tomado la decisión de la empresa de despedir al actor, ese cese aún no se había producido.
Por tanto, estima el TS que la Sala de Suplicación no debió detenerse en el análisis de la causa correspondiente a la disminución de rendimiento, conforme a la cual declaró la improcedencia del despido ante la falta de prueba de la misma, sino que debió hacerlo también en relación con los sucesos ocurridos en el mismo día del intento de entrega.
Tal y como relata la sentencia, aun cuando en el acaloramiento de la situación y en pleno forcejeo se le dijese verbalmente al trabajador que estaba despedido, fue la propia actitud de éste la que impidió que se le llegase a comunicar el texto preparado para proceder al cese, lo que sí ocurrió por primera vez al día siguiente, en el que se le envió una única carta con dos textos o relatos sancionadores.
Así, entiende que la sentencia recurrida aplicó de forma inadecuada el artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores al dividir o segmentar el despido del trabajador demandante en dos despidos y dos comunicaciones distintas, calificando el segundo de ellos de inadmisible por estar extinguido, en su opinión, el vínculo laboral.
Por tanto, puesto que realmente era un único despido con una única comunicación escrita -aunque compuesta por conductas temporalmente distintas, separadas en el tiempo-, la Sala de Suplicación no debió detenerse en el análisis de la causa correspondiente a la disminución del rendimiento, sino que debió incluir también los sucesos ocurridos en el momento de la entrega de la carta de despido.
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Como siempre, la ley de lado del empresario.
Como si la causa de despido "disminución voluntaria y continuada del rendimiento en el trabajo", fuera algo concreto y claramente demostrable.
Ya tenemos un Estatuto de los trabajadores, que mas que estatuto de los trabajadores, parece un listado de derechos de los empresarios, porque de obligaciones hay muchas y derechos de los trabajadores hay pocos, y ademas sectorizados por circumstancias personales.
Y encima despues se quejan de que "no hay despido libre".
Vergonzoso!
LOS SOCIATAS NO SIRVEN PARA NADA...
ESPAÑA EL PAIS DEL BLING BLING
MUCHO RUIDO Y POCAS NUECES
Vaya de principio que soy trabajador por cuenta ajena, me han bajado parte del sueldo para no echar a nadie de la empresa y casi todos lo hemos visto conveniente, somos 14 trabajadores.
A algunos trabajadores, que abusan de su posición con la actual legislación laboral nos hacia falta un palo de vez en cuando, puntual pero de acuerdo con esta resolución.
Siento a quien le moleste pero las empresas -por lo menos la mia- con impagados, sin credito, etc. etc. tampoco hay que ir tocandole los cojones.
Y de paso, los sindicatos tocandose los huevos y chupando del bote de 3.500 millones de euros, sin aportar nada a cambio.
Lamento, de verdad, a quien lo le guste, pero es mi opinion.
Para David BCN. O bien eres un liberado sindical que como no trabaja no tiene otra cosa que hacer que decir sandeces, o bien trabajas para el PSOE , o bien no te has leido el Estatuto de los Trabajadores en tu vida ( que será lo mas normal ). Por que la verdad no tienes ni idea de lo que dices, o de como funcionan los Juzgados de lo Social donde la mayoría de los Jueces son ex-abogados laborales-sindicales...
Adivinas, genio , de lado de quien se ponen... Genio.
Pero tu sigue haciendo meritos para que te contraten como tertuliano en algún programa de Cuatro o La Sexta. Genio.
davidbcn no solo no se ha leido el estatuto de los trabajadores sino que hablando asi demuestra el interés que tiene y pone en su empresa. cero.
yo he tenido encuentros en magistratura con varios empleados que faltaban a trabajar, venian borrachos, etc, etc, etc, y me ha tocado indemnizarlos como improcedente y ademas les dan el paro. acojonante.
Bueno POCAS NUECES, pues ya sabes, si no te gustan los SOCIATAS, pues vota a los FACHATAS, que en cuanto pongan el DESPIDO LIBRE, veras lo que duras en tu empresa, jejejeje
NADIE DESPIDE A NINGUN TRABAJADOR QUE FUNCIONE BIEN Y HAGA SU TRABAJO CORRECTAMENTE. REPITO, NADIE.
"NADIE DESPIDE A NINGUN TRABAJADOR QUE FUNCIONE BIEN Y HAGA SU TRABAJO CORRECTAMENTE. REPITO, NADIE."
Angel, ¿ Tu crees ? Pues preguntaselo al Corte Ingles y a sus sucursales (Supercor, Opencor, etc.), esta gente se quita del medio justamente a los que trabajan para llenar su plantilla de inutiles que puedan se manejados como quieran, por supuesto todos eventuales. A esto se le llama ERE encubierto, se despide por disciplinario o improcedente para hacer sitio a la nueva plantilla de temporales asi que cualquier cambio se haga en la politica de regulacion laboral les va a dar igual. A ver si despertais ya de una vez.
Para Angel.
De que árbol te has ciado, el empresario, que tiene poder económico, te despide improcedentemente, aunque tenga que indemnizar y fuerte, a un trabajador rentable, para en la mayoría de las veces contratar a otro, con un sueldo infinitamente menor, con un contrato temporal, que al final tambien lo despide por no cumplir con los objetivos. Y el empresario sin poder económico, te hace la vida imposible, para que te marches, o hace suspensión de pagos, o se declara insolvente, para que la indemnización la pague FOGASA. Los sindicatos mientras a vivir de las subvenciones. A VER, CUANDO HABRIMOS LOS OJOS.
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