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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadEl Ministerio Fiscal ha pedido la intervención judicial por un período de cinco años de la empresa Sniace para "agilizar" el cumplimiento de la normativa medioambiental, como lo establecido en la Autorización Ambiental Integrada (AAI) sobre la realización de vertidos a través de un colector conectado a una depuradora, que no se cumple en la actualidad.
SANTANDER, 7 (EUROPA PRESS)
Es una modificación que la fiscal ha introducido respecto a sus calificaciones provisionales en la última sesión del juicio que sigue en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria contra el secretario y consejero del Consejo de Administración de SNIACE (SNC.MC) Miguel Gómez de Liaño, por un delito contra el medio ambiente, y que ha quedado hoy visto para sentencia.
Esta petición se suma a la pena inicial de cinco años de prisión que solicita para el abogado Gómez de Liaño por unos vertidos realizados el 18 de diciembre de 2006 de la fábrica de Torrelavega al Saja-Besaya después de que la CHN le revocara la autorización.
El ministerio público ha retirado, en cambio, la petición de indemnización, no cuantificada, a la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN), que le correspondía tanto al acusado como, de forma subsidiaria, a la propia empresa, sin perjuicio de que la CHN decida reclamar la responsabilidad civil de Sniace por su cuenta.
La defensa, en cambio, pide la libre absolución, alegando que Gómez de Liaño se limitó a cumplir sus funciones de asesoría en el seno del Consejo de Administración, además de insistir en que la revocación de la autorización de Sniace no era un acto firme, al estar recurrida judicialmente, en la actualidad pendiente de recurso ante el Tribunal Supremo.
El letrado de la defensa cuestionó los métodos del Seprona para realizar la toma de muestras del vertido y la labor del Instituto Nacional de Toxicología (INT), de forma que consideró que el atestado de la Guardia Civil tiene "valor nulo", e incidió en que no hay que "escudarse en la presunción de certeza" del INT.
La defensa sostuvo que no hay base para la intervención judicial de Sniace tres años después de los hechos enjuiciados, que se centran en el vertido de diciembre de 2006, y afeó al Ministerio Fiscal su "postura maximalista" sobre el cumplimiento de las normas administrativas.
((HABRÁ AMPLIACIÓN))
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