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El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadLa compañía considera que habrá que revisar todo el proceso y reclamará daños y prejuicios
MADRID, 9 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional de la Bolivia ha declarado procedente el recurso de 'habeas corpus' presentado por Repsol YPF, con lo que declara nula la detención de los directivos de la filial del grupo en el país andino (Andina) Julio Gavito y Pedro Sánchez del pasado mes de marzo por presunto contrabando de crudo y cuestiona las actuaciones de allanamiento de la sede de la compañía en La Paz, según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press.
La sentencia 0396/2006 fue firmada el pasado 25 de abril por el magistrado Felipe Tredinnick Abasto, aunque no fue hecha pública hasta anoche, cuando el TC se la entregó a la compañía. Según la petrolera, esta orden demuestra "la existencia de actuación indebida y cuestiona las actuaciones de allanamiento de las instalaciones de Repsol en Bolivia".
La empresa denunció que las autoridades recurridas habían vulnerado "sus derechos a la libertad, a la dignidad, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia y a la garantía del debido proceso".
Repsol YPF recurrió ante el Tribunal Constitucional el fallo emitido por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz (Bolivia), que rechazaba el recurso de 'habeas corpus' para que se levantara la orden de detención de estos directivos. La compañía destacó que en su fallo los integrantes del Tribunal no refutaron los alegatos respecto a la persecución indebida a la que estaban siendo sometidos los ejecutivos Gavito y Sánchez.
Así, la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz ordenó que siguiera adelante la investigación sobre un supuesto contrabando de 230.400 barriles de petróleo por un monto que supera los 9,2 millones de dólares (7,7 millones de euros) supuestamente cometido por la petrolera.
Previamente a la orden de detención de los directivos de Repsol YPF, un juez declaró la suspensión de la investigación que realizaba el Ministerio Público sobre denuncias de contrabando de crudo contra la filial de la compañía en Bolivia, por no haber materia sujeta a juicio, e instruyó que el caso se tramite en la jurisdicción administrativa.
Por ello, la compañía consideró que se había procedido con nulidad a la detención de los directivos, ya que el proceso estaba suspendido. A pesar de ello, dos fiscales se personaron en las instalaciones de Repsol YPF en Bolivia para la detención de Gavito y Sánchez hace dos semanas y el allanamiento de las oficinas de la petrolera en esa ciudad.
La sentencia señala que "los fiscales recurridos, con toda ilegalidad y abuso de poder con participación masiva de la prensa y agentes policiales ejecutaron la orden de allanamiento con la intención vedada de restringir también su libertad".
El texto añade que "sin ninguna fundamentación, libraron órdenes de aprehensión en su contra vigentes hasta el momento de la interposición del presente recurso, estando a todos estos actos viciados de nulidad en virtud de que como la competencia del Juez de Instrucción estaba suspendida no podía realizarse ningún acto de investigación".
Así, el TC "resuelve revocar en parte la sentencia de 13 de marzo de 2006 pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y declarar procedente el recurso respecto a los fiscales Alberto Cornejo y José Centenaro, disponiendo la nulidad de las órdenes de aprehensión libradas contra los recurrentes el 9 de marzo de 2006, sin responsabilidad por ser excusable".
REVISION DE TODO EL PROCESO.
La compañía que preside Antonio Brufau resaltó que la decisión del Tribunal Constitucional de Bolivia es "muy importante para Repsol de cara al futuro", dado que "permitirá" revisar todo el proceso en el que se ha visto envuelto en grupo en los últimos meses por supuesto contrabando de crudo.
No obstante, las mismas fuentes destacaron que la compañía "reclamará daños y prejuicios" ante los numerosos incidentes sobre los que ha tenido que responder y que le han afectado directamente.
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