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MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy en su reunión semanal un Real Decreto que flexibiliza el desarrollo de la red de fibra óptica suprimiendo la exigencia de 'tele-alimentación' vigente hasta el momento. Dicha exigencia obligaba a los operadores a suministrar electricidad desde las centrales en caso de producirse fallos en los hogares de los usuarios.
El concreto, el Consejo dio 'luz verde' a la supresión de esta obligación, en el caso de que se empleen tecnologías diferentes al cobre, ya que, por ejemplo, la fibra óptica no permite la transmisión de electricidad desde la central.
Asimismo, el Ejecutivo simplificará el procedimiento para la ampliación del plazo de suministro de la conexión a la red, pasando de un proceso de tramitación administrativa a uno, más directo, entre el propio operador y el usuario, en el que se mantienen "todas las garantías".
Por otra parte, el Consejo de Ministros introducirá una modificación en la normativa del 'servicio universal' relativa a los costes injustificados que tienen que soportar los operadores como consecuencia de la anterior situación monopolística del sector.
Hasta el momento, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) evaluaba si los costes a los que tenían que hacer frente los operadores designados a través de un procedimiento de licitación eran injustificados y, en dicho caso, se ponía en marcha un mecanismo de financiación procedente de los fondos aportados, proporcionalmente a su peso, por todos los agentes del mercado.
A partir de ahora, para disponer de esta herramienta de financiación el operador afectado deberá solicitarlo previamente. Sin embargo, estos cambios puntuales no alteran las reglas que regulan el propio concepto de servicio universal de telecomunicaciones ni su financiación.
Por último el Real Decreto aprobado hoy también modifica el reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, que contiene la regulación del derecho de los usuarios a la conservación de su número telefónico.
En concreto, el Consejo eliminará la exigencia de solicitud escrita por parte del abonado como única forma de acreditar su deseo de cambiar de operador conservando su número, y se permiten, además, otras fórmulas como la solicitud mediante firma electrónica o a través de sistemas de solicitud verbal con verificación por terceros independientes.
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